Conversatorio sobre la aplicación de la Resolución 106
El Director del SERCOP en conversatorio realizado el 14 de agosto de 2020 sobre la Aplicación de la Resolución106 y reformas a la normativa de la Contratación Pública ha mencionado entre otros temas los siguientes: (https://twitter.com/SERCOPec/status/1294411907596722179),
- "La identificación de códigos CPC es importante para realizar contrataciones de forma eficiente, competitiva y transparente"
- "La incorporación de valores unitarios en los procedimientos de contratación pública permite transparentar los costos individuales en las adquisiciones estatales"
- "La firma electrónica en los procesos de contratación pública permite formalizar los expedientes digitales que reposan en el SOCE"
- "Debemos bloquear aquellas prácticas que evaden la competencias en los procesos de compra pública, vamos a fomentar una mayor participación de oferentes para que el Estado escoja el mejor costo: precio y calidad"
- "A través de la reforma al reglamento de la #LeyContrataciónPública estamos fomentando la competencia, impulsando la transparencia y fortaleciendo la seguridad jurídica en las adquisiciones estatales"
- "Si existe un Régimen Especial entre entidades públicas, está bien; el problema es cuando se aprovechan de este procedimiento para favorecer a proveedores privados que cumplen las obligaciones de la entidad estatal"
- "Estamos desarrollando un manual para ejecutar las disposiciones manifestadas en la Resolución 106, de forma que se facilite la aplicación de la normativa"
- "No podemos admitir que una emergencia nos lleve a evadir principios fundamentales de la contratación pública como la transparencia y la eficiencia"
- "El PAC debe estar bien realizado desde el inicio, para que no existan contrataciones no planificadas que se escudan en regímenes sin competencia ni transparencia"
- "El cambio a la normativa fomenta la competitividad para que más oferentes participen en los procedimientos de Régimen Especial, asimismo se exige transparencia para que no se realice publicación posterior"
- "En 2019, USD 1 295 millones se ejecutaron por Régimen Especial sin rebaja presupuestaria para el Estado, eso no es eficiente y debemos precautelar el bueno uso de los recursos de los ecuatorianos"
- "Si aplicamos el concepto de competitividad se prevé una rebaja presupuestaria promedio de 10% en ese tipo de procesos; tomando como ejemplo el presupuesto ejecutado en 2019, significaría USD 129 millones de ahorro para el Estado"
- "El
control debe realizarse desde la etapa preparatoria, para garantizar que los
procedimientos de contratación pública inicien bien"
COMENTARIOS
Lo mencionado por el Director del SERCOP y mi participación como oyente en ese conversatorio puedo realizar los siguientes comentarios.
Manifiesta y confirma el uso de la firma electrónica en la documentacion que debe subirse al Portal; de ésta manera el proceso de contratación tendrá toda la información con el soporte jurídico que establece la firma digital.
Menciona que la calificación del proveedor con un área de negocio específica permitirá una mejor selección de invitados (proveedores) en la participación de los concursos.
Menciona que el Régimen Especial sería pertinente entre Entidades Publicas, pero no debe aprovecharse éste mecanismo para contratar con la Entidad Pública solamente para que aparezca al frente del contrato y, quien hace el servicio objeto del contratación sea una empresa privada; esto último es mal visto por el Director del Sercop. Es decir, es preferible realizar un proceso común (Licitación, Subasta Inversa, Cotización, etc.) donde participan muchos proveedores y no cubrirse bajo un Régimen Especial con una Entidad Pública al frente del contrato. Así mismo en los procesos de Emergencia y Régimen Especial, el Director reitera que deben ser motivados de manera adecuada y oportuna, caso contrario, deberían acogerse los procedimientos comunes existentes para evidenciar ahorros.
Sobre el proceso del estudio de mercado, CPCs y costos unitarios, el Director menciona que estan trabajando en el manual (plazo de 90 días desde la fecha de entrada en vigencia de la Resolución 106) el cual contendría una actualización de como ejecutar éste proceso; posteriormente será socializado para que se pueda ser aplicado oportunamente por las Entidades Contratantes.
Con las reformas que se están trabajando, posiblemente implique una extensión a los períodos de contratacion, pero, si el PAC de cada Entidad Pública se hace bien y se lo planifica, si pueden realizarse las contrataciones; en conclusión, la Entidad Contratante debe iniciar de manera oportuna sus procesos de contratación.
Menciona que la Etapa Preparatoria debería ser revisada por el Sercop, estaría por tanto pensandose incluir en las reformas. Así mismo ha manifestado que es recomendable que durante la Etapa Preparatoria, la documentación relacionada con pliegos o especificaciones técnicas si deberían ser conocidas por los oferentes interesados (proveedores) y de ésta manera mejorar las mismas y permitir una mejor participación con mayor seguridad y certeza.
Esto último es muy útil puesto que se abriría una oportunidad para que la Entidad Contratante se retroalimente del Proveedor considerando lo que existe en el mercado local, internacional y que tecnológicamente sea la mejor opción para sus necesidades.
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